| Preguntas y respuestas frecuentes |
| 1. | Qué tipo de personas pueden suscribir contratos de concesión en la modalidad de juegos localizados? Respuesta: El ámbito de aplicación es solo para las personas jurídicas. |
| 2. | Cuáles son los requisitos para la operación de juegos localizados? Respuesta: Obtener autorización y la respectiva suscripción de contrato de concesión con ETESA. |
| 3. | Cuál es la cantidad mínima de maquinas tragamonedas que pueden ser autorizadas? Respuesta: La cantidad mínima de maquinas que pueden ser autorizadas son 80 en total con un mínimo de 3 maquinas tragamonedas por establecimiento. Nota: si la operación de instrumentos de juegos es mixta (máquinas – salones de bingo y juegos de casino) el concesionario deberá garantizar a ETESA la equivalencia a 80 maquinas y/o 24 s.m.m.l.v. |
| 4. | Los juegos de casino y salones de bingo requieren de un mínimo de operación? Respuesta: Exceptuando en los bingos los mínimos de sillas establecidas en la ley de acuerdo a si el municipio es mayor o menor de 100 mil habitantes, los juegos de casino y el salón de bingo como tal no requieren de mínimos para su operación. |
| 5. | Por cuánto tiempo autorizan la operación de juegos localizados? Respuesta: La duración del contrato de concesión no puede ser inferior a 3 años ni superior a 5. |
| 6. | En qué condición técnica debe ser demostrado el capital social de la persona jurídica? Respuesta: En el certificado de existencia y representación de la cámara de comercio un capital suscrito y pagado superior al 30% del valor del contrato. |
| 7. | Si la sociedad es nueva es necesario aportar estados financieros? Respuesta: Si la sociedad es nueva bebe aportar balance de apertura y/o de iniciación acorde con el capital reflejado en el certificado de existencia y representación de la cámara y comercio, anexando la tarjeta profesional del contador. |
| 8. | Con la autorización se puede iniciar la operación de juegos localizados? Respuesta: Con ella solo se autoriza la suscripción del respectivo contrato de concesión. Una vez suscrito, el concesionario está autorizado para iniciar la operación de los instrumentos de juego. |
| 9. | Cómo se deduce el mínimo capital requerido para poder operar? Respuesta: Se debe multiplicar el número de instrumentos de juegos por el valor fijado por la ley, y esto a su vez, debe ser multiplicado por el número de meses por el cual se solicita el contrato. |
| 10. | Cómo saber si el establecimiento donde se va operar tiene deudas ante ETESA? Respuesta: Se debe solicitar un estado de cuenta ante la vicepresidencia de recaudos de ETESA. |
| 11. | Cuáles son los requisitos para poder operar un establecimiento de juegos de suerte y azar? Respuesta: Inicialmente se debe verificar el estado de cuenta del o (s) establecimiento(s), solicitar un concepto favorable del alcalde del municipio y consultar la pagina web de ETESA donde están contemplados el resto de los requisitos. |
| 12 | Qué tipo de promocionales requieren la autorización de ETESA? Respuesta: Requieren de autorización todas aquellas promociónales que se realicen a nivel nacional y que están sujetas a la reglamentación de la ley 643 de 2001. |
| 13. | Qué rifas tienen autorización de ETESA? Respuesta: A la fecha, ninguna rifa se encuentra autorizada por ETESA. |
| 14. | La responsabilidad para la supervisión de los sorteos de las promocionales a cargo de quien está? Respuesta: Esta tarea es adelantada por funcionarios de la dirección de apoyo a localidades. |
| 15. | Existe seriedad y cumplimiento del baloto? Respuesta: Si existe, por cuanto hay un contrato debidamente registrado por el estado, supervisado en su ejecución y desarrollo por ETESA, tanto en los sorteos como en el centro de cómputo. |
| 16. | Cómo corroboro la legalidad de los juegos de suerte y azar? Respuesta: En la página web www.etesa.gov.co se encuentra la lista de los establecimientos legalmente constituidos. Si allí no aparece el que usted busca repórtelo de manera inmediata ante ETESA. |
| 17. | Qué hacer en caso de que un establecimiento de juegos de suerte y azar no realice el pago de premios? Respuesta: Remitir vía telefónica, correo o email a ETESA detallamente el nombre del establecimiento, la dirección y la descripción del caso particular, para que la entidad inicie el tramite correspondiente. |
| 18. | Qué control se tiene sobre la proliferación de establecimientos de juegos de suerte y azar? Respuesta: ETESA cuenta con delegados territoriales en los distintos departamentos, quienes se encargan de controlar la actividad. |